El Estatuto del Peón de Campo, sancionado el 8 de octubre de 1944, fue propuesto por el Coronel Juan Domingo Perón cuando se desempeñaba como Secretario de Trabajo, una de las normas más importantes sancionadas durante su gestión. Estableció por primera vez la aplicación de las normas laborales en la relación de trabajo rural: salarios mínimos, descanso dominical, vacaciones pagas, estabilidad, condiciones de abrigo, espacio e higiene en el alojamiento del trabajador.
Tuvo gran importancia en las estancias, que se regulaban de acuerdo a antiguas prácticas semi-serviles y paternalistas que provenían de la era colonial. Y se complementó con la sanción de la Ley 13.020 de protección al trabajador de cosecha y obrero de temporada, y que estableció la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, como instancia paritaria (sindicatos y empeladores).
La legislación laboral para los trabajadores rural, a su vez, abrió camino para la sindicalización de los mismos, que crearon en 1947 la Federación Argentina de Trabajadores Rurales y estibadores (FATRE), antecedente inmediato de la actual Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).
Derogación
El Estatuto del Peón de Campo fue derogado por la ley de facto 22.248 de 1980, sancionada por la dictadura militar. En su lugar se sancionó un régimen autónomo de Trabajo Agrario, en el que se dejó sin regulación las relaciones laborales de los llamados «trabajadores no permanentes».
Para muestra, basta un botón. Leamos los artículos de aquel Estatuto del 44 referentes a Descansos, Alojamiento y Alimentación:
DESCANSOS
Para muestra, basta un botón. Leamos los artículos de aquel Estatuto del 44 referentes a Descansos, Alojamiento y Alimentación:
DESCANSOS
Artículo 8°. El presente Estatuto no altera el régimen horario habitual de las tareas rurales, pero declara obligatorias las siguientes pausas: treinta minutos a la mañana, para el desayuno; una hora para el almuerzo durante los meses de mayo, junio, agosto, septiembre, octubre y noviembre; tres horas y media, con el mismo fin, durante los meses restantes del año y treinta minutos para la colación de la tarde.
Artículo 9°. Declárese obligatorio el descanso dominical en las tareas rurales.
Durante el día domingo, sólo se autorizan los trabajos absolutamente urgentes y que no pueden paralizarse sin grave perjuicio. Los trabajos de esta índole, de características permanentes, deberán ser atendidos por guardias periódicas y alternadas de obreros que tendrán descanso compensatorio en el curso de la semana siguiente.
Artículo 9°. Declárese obligatorio el descanso dominical en las tareas rurales.
Durante el día domingo, sólo se autorizan los trabajos absolutamente urgentes y que no pueden paralizarse sin grave perjuicio. Los trabajos de esta índole, de características permanentes, deberán ser atendidos por guardias periódicas y alternadas de obreros que tendrán descanso compensatorio en el curso de la semana siguiente.
ALOJAMIENTO Y ALIMENTACION
Artículo 10°. Las prestaciones de alojamiento y alimentación tomadas a su cargo por el patrón, importan la obligación de proveerlas en condiciones de abundancia y de higiene adecuadas, pues llevan aparejadas una quita sobre el salario fijado por la ley. En consecuencia, el obrero tiene derecho para reclamar ante la autoridad de aplicación, cuando ambos extremos no sean razonablemente cumplidos.
Artículo 11°. El alojamiento deberá satisfacer condiciones mínimas de abrigo, aireación, luz natural y de espacio equivalente a quince metros cúbicos por persona; contará asimismo, con muebles individuales para el reposo y comodidades para la higiene personal completa, con arreglo a las condiciones ambientales y posibilidades y naturaleza de la explotación.
Artículo 12°. Los locales destinados a habilitación del personal no podrán ser utilizados como depósito y tendrán una separación completa de los lugares de crianza, guarda o de acceso de animales.
Artículo 13°. Los sitios que se destinen a comedor o esparcimiento del personal deberán contar con las mesas, asientos y utensilios indispensables en proporción al número de peones. La luz de dicho local deberá ser adecuada para la lectura y permanecerá encendida hasta una hora después de terminada la cena.
¿Leyeron bien? Y después no quieren entender el porqué el peronismo continúa vigente hasta los días de hoy.
Pero vayamos a lo que interesa. Los milicos lo derogaron, obviamente. Y en estos 27 años de democracia, ¿alguien se acordó de retomar el asunto? Felipito Solá, que fue Secretario de Agricultura de Menem, época de abundancia....de sueños quiméricos de Primer Mundo... ¿movió un dedo por los peones rurales? ¿Y quién vino ahora a poner el asunto en el tapete? Claro, los mal pensados de siempre van a poner el asunto en la pelea con “el campo”, en el odio, etc. Ya leí hoy en el blog de Sentís, que trata de este asunto, el comentario de un “Anónimo” que quiero transcribir y retrucar, porque con seguridad esos mismos argumentos los están repitiendo los agrogarcas que ya conocemos.
Escribió el Anónimo como comentario al blog del compañero tandilense (por señal, siempre buenísimo, lo leo todas las mañanas, compañero!):
Esta si, es una noticia importante ! La diferencia, con lo que habria pasado, si los k fuesen verdaderamente estadistas, es un amplio dialogo previo, para no causar "congestion" ! Que ocurre, cuando la idea es buena, pero el demagogo, la quiere imponer ! Que es exactamente el caso ! La grande diferencia entre los k y los estadistas, es que los k son locos y llenos de complejos ! Y adoran 'congestionar' !
Pero no todo está perdido ! La salvacion, estaria en las 'bases peronistas' (como vos !), si..., se portasen como ciudadanos que tienen pensamiento propio, ideas democraticas y sano juicio; que ejerciesen el basico comportamiente: critica constructiva ! Y no: sometimiento incondicional, com extremo amor a la guerra de 'ellos, contra nosotros'; como imposicion incondicional de los 'loquitos' k, a todos los compinches ! No ?
Pero no todo está perdido ! La salvacion, estaria en las 'bases peronistas' (como vos !), si..., se portasen como ciudadanos que tienen pensamiento propio, ideas democraticas y sano juicio; que ejerciesen el basico comportamiente: critica constructiva ! Y no: sometimiento incondicional, com extremo amor a la guerra de 'ellos, contra nosotros'; como imposicion incondicional de los 'loquitos' k, a todos los compinches ! No ?
Primero, no encontré un argumento racional en tus palabras, anónimo. Sólo epítetos emocionales, subjetivos, y desclasificatorios de personas a quienes ni conocés. ¿Sabés lo que eso significa? ¿Quién está lleno de odio y complejos? ¿Nosotros, o vos que no sos capaz de reconocer honestamente lo positivo que hacen aquellos de los que divergís ideológicamente? Eso sí sería democrático, racional, ejercicio de un sano juicio. Todas tus frases neuróticas son síntoma de una persona enferma, violenta y fanática. Si no lo sos, perdonáme. Pero los síntomas los tenés.
Seguro compañeros, que vamos a escuchar argumentos de ese tipo, de baja calaña, desclasificatorios no de lo que se propone sino de quién lo propone. Con agravios, sospechas e intrigas, pero sin ideas. Hablan como “piñón fijo”, porque siempre dicen lo mismo, no tienen argumentos.
Por último, ahora quiero ver quién es “el campo”. Y quedará claro que aquellos señores del agronegocio forman parte de una realidad mucho mayor, en la que se incluyen los campesinos, los agricultores, y los peones rurales. Esos son la columna de donde sale la riqueza, los que ponen el lomo de sol a sol. Aquel eufemismo divulgado hasta el cansancio por la prensa en el conflicto de la 125 fue una insolente falta de respeto para aquellos que laburan la tierra, y la hacen dar su fruto.
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